¡Imprescindible! Novedades declaración de la Renta: ahorra impuestos

Helena Sanz

La Campaña de la Renta y Patrimonio de 2023 está por comenzar y trae consigo una serie de novedades que los contribuyentes deben tener en cuenta. A partir del 3 de abril, se podrá iniciar la presentación de las declaraciones por Internet, pero desde ahora ya se puede acceder a los datos fiscales a través de la página web y la aplicación móvil de la Agencia Tributaria.

La Campaña de la Renta y Patrimonio de 2023 está por comenzar y trae consigo una serie de novedades que los contribuyentes deben tener en cuenta. A partir del 3 de abril, se podrá iniciar la presentación de las declaraciones por Internet, pero desde ahora ya se puede acceder a los datos fiscales a través de la página web y la aplicación móvil de la Agencia Tributaria.

Novedades de la Campaña de la Renta 2023

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado la orden que detalla las novedades de la Campaña de la Renta 2023, los modelos de declaración y los plazos de presentación. Este año, la campaña se extenderá hasta el 1 de julio de 2024, un día más de lo habitual debido a que el 30 de junio cae en domingo. El calendario detalla que desde el 7 de mayo hasta el 1 de julio, la Agencia Tributaria podrá confeccionar la declaración del contribuyente por teléfono. Del mismo modo, desde el 3 de junio hasta el 1 de julio, se podrán confeccionar las declaraciones presencialmente en las oficinas de la Agencia Tributaria.

Novedades fiscales

En cuanto a las novedades fiscales, se destaca el aumento en la reducción de las retenciones del IRPF para rentas de hasta 21.000 euros, lo que afectará a los contribuyentes con estos ingresos anuales. Además, se establece que todos los autónomos estarán obligados a hacer la Declaración de la Renta, independientemente de sus ingresos, y que los titulares del ingreso mínimo vital también deberán presentar anualmente su declaración.

En relación con la obligación de declarar, se eleva el umbral inferior de la obligación de declarar de los perceptores de rendimientos del trabajo de 14.000 a 15.000 euros anuales. Por otro lado, se mantiene la deducción por maternidad y se amplía a 1.000 euros adicionales por gastos de custodia del hijo menor de tres años en guarderías o centros de educación infantil. Además, una sentencia del Tribunal Supremo ha extendido la deducción por maternidad a los gastos de custodia de menores de tres años en guarderías, incluso si el centro no cuenta con autorización como centro educativo.

También se han implementado cambios en la tributación de las rentas del capital en el IRPF, elevando la tributación de las rentas del capital superiores a 200.000 euros al 27% y las plusvalías superiores a 300.000 euros al 28%. Los autónomos se beneficiarán de una reducción adicional en los rendimientos netos en la tributación por módulos y, en la estimación directa simplificada, tendrán una deducción adicional de dos puntos en gastos de difícil justificación.

Incentivos y deducciones

Además, se han introducido incentivos para la compra de vehículos eléctricos, como la posibilidad de deducir el 15% del valor de compra, con un límite máximo, así como la instalación de puntos de recarga para vehículos eléctricos. También se ha mejorado la deducción por inversión en empresas de nueva creación, permitiendo deducir el 50% de las cantidades satisfechas en el periodo por la suscripción de acciones o participaciones, con una base máxima de deducción de 100.000 euros anuales.

La Campaña de la Renta y Patrimonio de 2023 trae consigo una serie de novedades que los contribuyentes deben tener en cuenta a la hora de presentar su declaración. Desde la obligación de declarar para autónomos, hasta la ampliación de las deducciones por maternidad y la introducción de incentivos para la compra de vehículos eléctricos, es importante estar al tanto de estos cambios para cumplir con las obligaciones fiscales de forma adecuada.

¿Qué opinas de estas novedades? ¿Cómo crees que te afectarán como contribuyente? ¡Déjanos tu comentario!

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