¿Sabes cuándo y cómo presentar la declaración de la Renta de un familiar fallecido?

Helena Sanz

El período para presentar la declaración de la renta de un familiar fallecido varía dependiendo de la fecha en la que se produjo el fallecimiento. Si el contribuyente falleció en un día distinto al 31 de diciembre, el período impositivo será inferior al año natural, por lo que la declaración de renta deberá presentarse cuando el fallecido haya obtenido rentas que superen los límites establecidos en la obligación de declarar. Los importes que determinan la existencia de la obligación de declarar se aplicarán en sus cuantías íntegras, sin elevarse al año, independientemente del número de días que comprenda el período impositivo del fallecido.

PLAZO PARA PRESENTAR LA DECLARACIÓN DE RENTA DEL FALLECIDO

El plazo para confeccionar y presentar la declaración de Renta del fallecido será del 3 de abril al 1 de julio del año siguiente al fallecimiento.

¿QUIÉN DEBE PRESENTAR LA DECLARACIÓN DE RENTA DE UN FALLECIDO?

La declaración de renta de un fallecido debe ser presentada por los herederos si el fallecido ha obtenido rentas y está obligado a declarar. En caso de que los herederos no hayan aceptado aún la herencia (herencia yacente), podrán actuar en representación del fallecido con la exclusiva finalidad de cumplir sus obligaciones tributarias pendientes, aportando la documentación requerida.

DOCUMENTACIÓN NECESARIA PARA OBTENER LA CASILLA 505

Para obtener el número de referencia necesario para la presentación de la declaración de renta del fallecido, los herederos deberán acreditar su condición de heredero mediante el testamento, escritura de adjudicación de herencia u otro documento que justifique fehacientemente su condición. En caso de no haber aceptado aún la herencia, se requerirá la documentación correspondiente.

Si no es posible obtener el número de referencia, se puede utilizar el apoderamiento de sucesores para confeccionar y presentar la declaración.

PRESENTACIÓN CONJUNTA DE LA DECLARACIÓN DE RENTA

No, la declaració

El período para presentar la declaración de la renta de un familiar fallecido varía dependiendo de la fecha en la que se produjo el fallecimiento. Si el contribuyente falleció en un día distinto al 31 de diciembre, el período impositivo será inferior al año natural, por lo que la declaración de renta deberá presentarse cuando el fallecido haya obtenido rentas que superen los límites establecidos en la obligación de declarar. Los importes que determinan la existencia de la obligación de declarar se aplicarán en sus cuantías íntegras, sin elevarse al año, independientemente del número de días que comprenda el período impositivo del fallecido.

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